160 millones de niños y niñas, es decir, uno de cada diez menores, se ven obligados a trabajar en todo el mundo. Según estudios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y UNICEF, esta situación no está mejorando.
Con motivo del Día Mundial contra el Trabajo Infantil (12 de junio), y a poco más de cinco años del plazo fijado por los Objetivos de Desarrollo Sostenible, Naciones Unidas ha hecho un llamamiento urgente para la aplicación efectiva de las normativas internacionales y el cumplimiento de los compromisos destinados a erradicar el trabajo infantil.
De estos 160 millones de menores trabajadores, 7 de cada 10 se encuentran en el sector agrícola. Las organizaciones de Comercio Justo recuerdan que muchos productos cotidianos esconden explotación laboral infantil, siendo el sector del cacao uno de los más afectados. En Costa de Marfil y Ghana, principales países productores, se estima que 1,5 millones de niños y niñas trabajan en condiciones peligrosas en las fincas. Pese a los compromisos de las empresas chocolateras para reducir esta explotación en las últimas dos décadas, no se ha logrado ningún avance significativo.
Además del cacao, en el informe «Le sienta bien a todo el mundo» se ha constatado la presencia de explotación laboral infantil en productos como té, café, ropa, ingredientes para productos de cosmética (como el aceite de palma) y azúcar.
Frente a esta realidad, las organizaciones de Comercio Justo exigimos el cumplimiento de la normativa internacional, tal como reclama Naciones Unidas:
- Aplicación efectiva del Convenio núm. 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil.
- Refuerzo de la acción nacional, regional e internacional para eliminar el trabajo infantil en todas sus formas, incluidas las peores, mediante la adopción de políticas nacionales y la intervención en las causas profundas, como se establece en el Llamamiento a la Acción de Durban 2022.
- Ratificación universal y aplicación efectiva del Convenio núm. 138 de la OIT sobre la edad mínima, que junto con la ratificación universal del Convenio núm. 182 lograda en 2020, proporcionaría a todos los niños protección legal contra todas las formas de trabajo infantil.
El compromiso del Comercio Justo contra el trabajo infantil
El principio número 5 del Comercio Justo prohíbe la explotación laboral infantil y obliga al cumplimiento, como mínimo, de las normativas internacionales y convenios de Naciones Unidas, así como de las legislaciones nacionales y locales. Todas las organizaciones de Comercio Justo deben garantizar el cumplimiento de estos aspectos.
El movimiento de Comercio Justo también realiza acciones de denuncia e incidencia política para erradicar la explotación laboral infantil.
Comercio Justo y Objetivos de Desarrollo Sostenible
El principio número 5 de Comercio Justo se alinea estrechamente con el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 8, especialmente con la meta 8.7, que busca adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas modernas de esclavitud y la trata de seres humanos, asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, y terminar con el trabajo infantil en todas sus formas.
Además, este principio también apoya el logro de la meta 16.2, que busca poner fin al maltrato, la explotación y todas las formas de violencia contra los niños.
Finalmente, muchas organizaciones productoras de Comercio Justo destinan la prima social a proyectos educativos para la infancia, tales como becas escolares, ayudas a la escolarización, material escolar, y la construcción o reforma de escuelas, contribuyendo así al ODS 4 (Garantizar una educación inclusiva y de calidad), en particular las metas 4.1 y 4.2 relacionadas con el acceso a la educación para todos los niños y niñas.